Una pregunta muy frecuente entre muchas mujeres es que si después de la baja maternal se puede solicitar el paro, por lo que aquí te vamos a dar la respuesta.
Lo primero que hay que saber es que la baja maternal o baja de maternidad es una de las prestaciones más valiosas para las trabajadoras de España, pero ¿de qué se trata exactamente?
La realidad es que es una prestación económica, cuyo objetivo es cubrir la pérdida de ingresos que sufren los trabajadores cuando su contrato se suspende o interrumpe por maternidad, adopción, acogimiento familiar, entre otros motivos parecidos.
Se trata de un derecho recogido por la legislación laboral, del que pueden beneficiarse trabajadores por cuenta ajena y autónomos, incluidos los contratados por tiempo parcial.
Pero, ¿qué pasa si te encuentras en paro o si finaliza tu contrato mientras te encuentras con esta prestación? Es momento de saberlo.
Descubre aquí si después de la baja maternal puedes solicitar el paro
Si ya estás de baja de maternidad y finaliza tu contrato, seguirás cobrando esta prestación hasta finalizar las 16 semanas.
Posteriormente, al finalizar la baja podrás pedir la prestación por desempleo si te corresponde. Es relevante aclarar que no se descuentan de la duración del paro los días que estás de baja por maternidad.
El pago de la misma será responsabilidad de la Seguridad Social o de la mutua laboral de tu empresa, según el caso. En su momento se te indicará a donde debes ir.
También puede ocurrir el caso contrario, que ya estés en el paro y necesites pedir la baja por maternidad. Bajo esta situación se suspende el pago de la prestación por desempleo y la Seguridad Social te abonará la baja por maternidad durante 16 semanas como máximo.
¿Cuánto se cobra por baja maternidad si estoy en paro?
La prestación por maternidad de la Seguridad Social es un subsidio del 100 % de tu base reguladora, es decir, lo que tu empresa cotiza por ti. Esto se traduce en que cobrarás tu nómina regular durante los siguientes 4 meses de baja, como si estuvieras trabajando (aunque hay algunos casos excepcionales).
Si trabajas por tu cuenta la cantidad de cobro será por la que cotices. Por lo que sí cotizas por la base mínima de 289 euros al mes, el cobro será de 944 euros por cada mes de baja maternal.
Se me acaba el paro y estoy embarazada, ¿qué debo hacer?
Lo primero que debes hacer si se te acaba el paro y estás embarazada es informar a tu empleador o institución. Para ello hay que descargar e imprimir un modelo, el cual vas a rellenar con los datos que correspondan en la sección de maternidad/paternidad.
A esto le sumas la documentación pertinente:
- Libro de familia o papel de acreditación de adopción.
- Informe de maternidad o la situación que se aplique a tu caso.
Posteriormente el pago del paro quedará suspendido, mientras el Instituto Nacional de la Seguridad Social comienzará a abonar la prestación social para tu beneficio por maternidad.
Esto hasta que el trámite se realice ante el SEPE (INEM), quienes suspenderán la prestación por desempleo. Este organismo también te entregará una copia del documento con la fecha y la acreditación del motivo de la baja.
Finalmente, debes dirigirte nuevamente a las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, para pedir el pago correspondiente a la prestación maternal/paternal al mismo personal.
Ahora ya sabes que después de la baja maternal se puede solicitar el paro y cuentas con toda la información relevante para hacerlo. Recuerda que en Mundo Bebé queremos acompañarte en cada una de las fases de tu bebé, incluso cuando debes hacer este tipo de trámites.
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